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Guía de acción de la representación de las personas trabajadoras

Guía de acción de la representación de las personas trabajadoras

  • ISBN: 9788418433641
  • Editorial: Ediciones Cinca
  • Lugar de la edición: Madrid. España
  • Colección: Guías
  • Encuadernación: Rústica
  • Medidas: 21 cm
  • Nº Pág.: 80
  • Idiomas: Español

Papel: Rústica
12,00 €
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Resumen

La acción sindical es uno de los puntales de la actuación de una organización sindical.
Desde la Vicesecretaría General de Política Sindical de la Confederación UGT estamos efectuando un esfuerzo continuo por proporcionar a aquellos que se encuentran a pie del puesto de trabajo la mejor información y formación posible con el fin de que realice en las mejores condiciones posibles su esencial labor.
Esta Guía que os presento es un ejemplo del esfuerzo reseñado. Con ella, intentamos proporcionar a nuestros representantes de las personas trabajadoras un material útil para su día a día con el fin de que puedan afrontar los continuos retos que tienen en su tarea de forma eficaz.
En la Guía, nos hemos centrado en las actuaciones más usuales y frecuentes, así como en la exposición de sus derechos y herramientas que la normativa le otorga para ejercitar sus funciones.
No nos encontramos, por tanto, ante un manual de Derecho del Trabajo, sino ante un conjunto sistematizado y ordenado de información, presentado de una forma visualmente atractiva y comprensible, pero con rigor, incorporando incluso breves notas de algunas sentencias relevantes para la acción sindical en el centro de trabajo.

PRÓLOGO

PARTICIPACIÓN DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS EN LA EMPRESA

Representantes legales y representantes sindicales

1. LA REPRESENTACIÓN EN LA EMPRESA: REPRESENTACIÓN UNITARIA Y REPRESENTACIÓN SINDICAL

1.1. Elección

1.2. Herramientas para el ejercicio de la representación

1.3. Derechos

1.4. Deberes

1.5. Garantías

1.6. Acciones administrativas o judiciales: art. 65.1 ET

2. EMPRESAS Y GRUPOS DE EMPRESAS DE DIMENSIÓN COMUNITARIA (Ley 10/1997, de 24 de abril, sobre derechos de información y consulta de las personas trabajadoras en las empresas y grupos de empresas de dimensión comunitaria)

3. EL DELEGADO/A DE PREVENCIÓN (art. 35 a 37 Ley de Prevención de Riesgos Laborales, de 8 de noviembre de 1995)

3.1. Concepto, elección y número

3.2. Facultades y competencias del delegado/a de prevención (art. 36 LPRL)

3.3. Garantías, formación, medios y sigilo profesional de los delegado/as de prevención (art. 37 LPRL)

3.4. Comité de Seguridad y Salud (arts. 38 y 39 LPRL)

Coeditado con la UGT.

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